¿Qué otras entidades o personas están autorizadas para operar en el mercado?

Junto a las sociedades y agencias de valores y el resto de empre-
sas de servicios de inversión, también los bancos, cajas de ahorro y
cajas rurales (entidades de crédito en general) pueden desempeñar
las actividades antes descritas, siempre que su régimen jurídico, sus
estatutos y su autorización específica les habiliten para ello.
La nueva normativa liberaliza el acceso de todas las entidades de
crédito, tanto españolas como de la Unión Europea, a los mercados
bursátiles españoles. Desde el de enero del año 2000 las entidades
de crédito –cualquiera que sea su nacionalidad– podrán ser miem-
bros de las bolsas de valores españolas.
Las sociedades gestoras de carteras tienen autorizada sólo la activi-
dad de gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión
con arreglo a los mandatos conferidos por los inversores y como activi-
dades complementarias las de asesoramiento a empresas en estructura
de capital y fusiones y adquisiciones, y el asesoramiento sobre inver-
sión en uno o varios instrumentos financieros o valores negociables.
Fuera de estas entidades o personas, nadie está autorizado a
operar en el mercado bursátil, a menos que sea habilitado por el
Gobierno, que se ha reservado la facultad de creación de otras en-
tidades, así como de permitir a otras personas o entidades que, sin
ser empresas de servicios de inversión, puedan realizar alguna de
las actividades propias de las mismas o que contribuyan a un mejor
desarrollo de los mercados de valores.
¿Cómo se opera através deinternet?
La contratación bursátil a través de internet ha experimentado en los
últimos años un espectacular crecimiento en nuestro país. La mayoría
de las entidades financieras españolas y extranjeras que operan den-
tro de nuestras fronteras ofrecen a sus clientes la posibilidad de com-
prar y vender acciones en la web en tiempo real. Incluso los bancos

más tradicionales y con un perfil más conservador han apostado por
la intermediación bursátil «on-line». La inmensa mayoría de las so-
ciedades y agencias de valores también han desarrollado servicios de
intermediación por internet. La operativa bursátil a través de la red
abarca valores nacionales y extranjeros. Aparte de valores, también
se puede negociar en España a través de Internet futuros, opciones
y «warrants», para cubrir posiciones de contado o para aprovecharse
del efecto apalancamiento que caracteriza a los derivados.
La operativa a través de la Red ofrece grandes ventajas al inver-
sor. Sobre todo, una mayor agilidad a la hora de tomar decisiones
de inversión respecto al sistema tradicional y unas comisiones por
intermediación más bajas. Vamos a poner dos ejemplos de dos enti-
dades de referencia en operativa a través de Internet.
Una entidad bancaria cobra 2,95 euros por cada operación de me-
nos de 1.500 euros; 5,95 euros por operaciones de entre 1.500 y 6.000
euros; 7,95 para operaciones de entre 6.000 y 60.000 euros. De superar
los 60.000 euros, se aplica un 0,07 por ciento. Estas tarifas son las que
se aplican para operar en bolsa nacional. Para las compras en mercados
internacionales, la tarifa que cobra Self Bank parte de los 13,95 euros.
Las tarifas que aplica otra entidad, muy activa en la operativa
«on-line», son un poco diferentes. Por ejemplo, comienza a aplicar
un porcentaje sobre el efectivo de la operación (del 0,10 por ciento)
a partir de los 25.001 euros. Para operaciones hasta 1.000 euros, la
tarifa es de 2,75 euros; para las que muevan entre 1.001 y 2.500
euros, de 4,75 euros; y para las que se encuentren en la horquilla
2.501 y 25.000 euros, de 9,75. En el caso de operaciones internacio-
nales, las tarifas son diferentes según los mercados de los que se trate
en caso de que muevan un volumen de hasta 25.000 euros. Así, a las
que se realicen en Amsterdam, París, Milán y Franckfort se les aplica
una tarifa de 19,75 euros; en Bruselas y Lisboa, de 34,75 euros; y en
Dublín y Helsinki, de 52,75 euros (para operaciones hasta 35.000
euros). Para operaciones a partir de 25.000 euros en unos casos y de
35.000, en otros, esta entidad cobra un 0,15 por ciento.
La conclusión de estos dos ejemplos es que el inversor debe
comparar las tarifas que aplica cada casa para, de esta manera, esco-
ger la que más se adecúa a sus necesidades. Algunas de las cosas que

tendrá que analizar es dónde quiere invertir y de qué volumen serán
sus operaciones.
La mayoría de las entidades que opera en la Red cobra una co-
misión de intermediación que se sitúan entre el 0,10 y el 0,35 por
ciento para operaciones sobre valores españoles. Sin embargo, las
comisiones sobre valores extranjeros son generalmente superiores y
se sitúa alrededor de un 0,50 por ciento. Pero como hemos visto en
los dos ejemplos que hemos escogido, cada vez es mayor el número
de entidades que están optando por cobrar comisiones «a la ameri-
cana», es decir, con un coste fijo mínimo, que suele oscilar entre los
3 y los 10 euros por operación (aunque superior en el caso de las
operaciones que tengan lugar con valores extranjeros), para atraer el
interés de los inversores.
Además de la mera intermediación bursátil, numerosas entidades
financieras ofrecen por internet interesantes servicios de noticias y
análisis, que permiten al inversor, por un lado, estar informado sobre
lo que acontece en cada momento en el mercado bursátil y, por otro,
tener todas aquellas herramientas necesarias para tomar las decisio-
nes de inversión más adecuadas.